Obligaciones del trabajador en el contrato de trabajo
El artículo 58 del
código sustantivo de trabajo nos enumera 9 obligaciones especiales que debe
cumplir los trabajadores en un contrato de trabajo:
1. Realizar
personalmente la labor, en los términos estipulados; observar los preceptos del
reglamento y acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de modo
particular la impartan el empleador o sus representantes, según el orden
jerárquico establecido.
2. No comunicar con
terceros, salvo la autorización expresa, las informaciones que tenga sobre su
trabajo, especialmente sobre las cosas que sean de naturaleza reservada o cuya
divulgación pueda ocasionar perjuicios al empleador, lo que no obsta para
denunciar delitos comunes o violaciones del contrato o de las normas legales
del trabajo ante las autoridades competentes.
3. Conservar y
restituir un buen estado, salvo el deterioro natural, los instrumentos y útiles
que le hayan sido facilitados y las materias primas sobrantes.
4. Guardar
rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros.
5. Comunicar
oportunamente al empleador las observaciones que estime conducentes a evitarle
daños y perjuicios.
6. Prestar la
colaboración posible en casos de siniestro o de riesgo inminente que afecten o
amenacen las personas o cosas de la empresa o establecimiento.
7. Observar las
medidas preventivas higiénicas prescritas por el médico del patrono o por las
autoridades del ramo; y
8. Observar con suma
diligencia y cuidado las instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de
enfermedades laborales.
9. La trabajadora
en estado de embarazo debe empezar a disfrutar la licencia remunerada
consagrada en el numeral 1 del artículo 236, al menos una semana antes de la
fecha probable del parto.